LEY DE TALLES

admin 10 noviembre, 2021 0
LEY DE TALLES

SU REGLAMENTACIÓN, EL ESTUDIO ANTROPOMÉTRICO Y EL CONSEJO CONSULTIVO DESIGNADO.

El 8 de junio el gobierno reglamentó a través del decreto 375/2021 la Ley de Talles, ley 27.521. Lo que esta establece, es un Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI) para la fabricación, confección, comercialización o importación de indumentaria, para la población a partir de los 12 años de edad. Dicho sistema deberá ser implementado para la totalidad de la indumentaria, exceptuando las prendas de alta costura o de diseño de autor; prendas confeccionadas a medida y, en general, aquellas que han sido realizadas de manera personalizada a pedido de lxs consumidores; accesorios de vestir como corbatas, bufandas, pañuelos, etc; o los implementos destinados a la protección en tareas laborales.

La reglamentación incluyó que «será considerado acto discriminatorio cualquier práctica, abusiva, vejatoria o estigmatizante referida al aspecto físico, género, orientación sexual, identidad de género y otra característica de lxs consumidores».

Para que dicha normativa pueda llevarse adelante, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) está realizando un Estudio Antropométrico alrededor de todo el país, mediante el cuál, a través de las medidas allí tomadas; se establecerán las medidas corporales estandarizadas sobre las que se basará la Ley de Talles. Su realización debe darse dentro del plazo de 240 días a partir de la reglamentación. Además, se creó un Consejo Técnico Consultivo que tendrá la función de pronunciarse, sobre cuestiones relevantes que le solicite la Secretaría de Comercio Interior, en lo referente a la implementación y difusión del SUNITI. Dicho consejo está conformado por representantes de la Secretaría de Comercio Interior; de las cámaras sectoriales vinculadas a la indumentaria; de organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática; de las Universidades Nacionales de la carrera de Diseño de Indumentaria y Diseño Textil; del Ministerio de Salud; del INADI y del INTI. Dentro de los representantes de organizaciones de la sociedad civil, se encuentra la Dra. María Fernanda Lacey, quien forma parte de La Unión de Usuarixs y Consumidores y que va a estar representando en el consejo a todas las asociaciones de consumidores (nuestra asociación y a todas aquellas que formen parte también).

Esta ley, junto a su reglamentación, llegó para que se respete de manera homogénea el sistema de talles y su amplitud. Una vez finalizado el Estudio Antropométrico e iniciada su implementación, lxs usuarixs y consumidores podrán tener una referencia de su talle para las prendas que adquieran en cualquier marca y comercio, tanto de manera presencial como digital. También es importante remarcar que ni la ley, ni su reglamentación regulan aspectos vinculados con la oferta, es decir, que la obligación de respetar las medidas del SUNITI no implica que una empresa o comercio tenga oferta de todos los talles disponibles.

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