Exhibición de precios en vidrieras: relevamientosdetectan incumplimientos y desigualdades entredistritos

La Unión de Usuarios y Consumidores realizó relevamientos en centros
comerciales de San Miguel, Hurlingham y Munro para evaluar el cumplimiento
de la Resolución 4/2025, que establece la obligación de exhibir precios claros y
visibles en las vidrieras comerciales.
Los resultados muestran niveles significativos de incumplimiento, con
diferencias entre distritos, y ponen en evidencia la persistencia de prácticas que
vulneran el derecho a la información de las personas consumidoras.


Una obligación vigente desde hace más de 20 años
Si bien la Resolución 4/2025 actualiza el marco normativo, la obligación de
exhibir precios no es nueva. Desde el año 2002, la Resolución 7/2002 —y sus
modificatorias— ya exigían que todos los productos exhibidos al público
contaran con su precio visible.
La nueva norma deroga la 7/2002, pero mantiene intacta la obligación de
exhibición, reafirmando un derecho básico consagrado en la Ley de Defensa
del Consumidor.


Qué exige la normativa
La regulación es clara:
�� todos los productos exhibidos deben tener su precio visible, en moneda
nacional y de forma legible.
�� No existe cumplimiento parcial: exhibir precios solo en algunos productos
implica incumplir la norma, ya que la obligación alcanza a la totalidad de lo
exhibido.
Asimismo, lo que se muestra en vidriera debe ser el precio final. No es
obligatorio que figure la leyenda “precio final”, porque se presume como tal; sin
embargo, su aclaración explícita sería una buena práctica comercial, que
aporta transparencia y evita confusiones.


San Miguel: menos de la mitad de los comercios cumple
En el relevamiento realizado en el Centro Comercial a Cielo Abierto de San
Miguel, se analizaron 96 comercios, de los cuales 90 exhibían productos en
vidrieras.

Solo el 38,64 % cumplía con la exhibición de precios en todos los productos. El
47,73 % no mostraba precios y un 13,63 % lo hacía de forma parcial, lo que
también constituye un incumplimiento de la normativa vigente.


Hurlingham: el nivel más alto de incumplimiento
En el centro comercial de Hurlingham, se relevaron 73 comercios, con 72
vidrieras activas.
Los resultados fueron especialmente críticos: solo el 18,06 % cumplía con la
obligación de exhibir precios, mientras que más del 70 % directamente no
informaba ningún valor.


Munro: mayor cumplimiento, pero con prácticas irregulares
En la zona de la estación del Ferrocarril Mitre de Munro, se relevaron 58
comercios, de los cuales 48 contaban con productos en vidriera.
En este caso, el 66,67 % de los comercios exhibía precios, lo que marca un
nivel de cumplimiento mayor respecto de otros distritos. Sin embargo, se
detectaron irregularidades relevantes: solo en el 46,87 % de los casos se
indicaba de manera clara que el precio era final, y en el 28,12 % de los
comercios se registraron diferencias de precio según el medio de pago.


Precios distintos según el medio de pago: una práctica prohibida
Cobrar un precio más alto según el medio de pago utilizado está expresamente
prohibido por la Ley de Tarjetas de Crédito, una normativa vigente desde hace
muchos años.
Este tipo de prácticas no solo generan confusión, sino que constituyen una
infracción a la legislación de consumo y afectan directamente a quienes
intentan comparar precios o pagar con medios electrónicos.


El derecho a la información sigue siendo vulnerado
Los relevamientos realizados muestran que, pese a la vigencia de normas
claras y de larga data, el derecho a la información de las personas
consumidoras continúa siendo vulnerado.
Desde la Unión de Usuarios y Consumidores remarcamos la necesidad de
reforzar los controles, promover la difusión de la normativa y desalentar
prácticas comerciales que afectan la transparencia y la equidad en las
relaciones de consumo.
La organización continuará realizando relevamientos territoriales y acciones de
difusión, convencida de que informar precios no es una opción: es una
obligación legal y un derecho del consumidor.